lunes, 27 de enero de 2014

LA FORMACIÓN DE LOS VIGILANTES DEBE IMPARTIRSE EN HORARIO LABORAL

LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DE MADRID VUELVE A CLARIFICAR EL HORARIO DE LA FORMACIÓN CONTINUA DE LOS VIGILANTES

LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD PODRÁN RECLAMAR EL PAGO DE LAS HORAS DE FORMACIÓN REALIZADAS EN HORARIO NO LABORAL

Una vez más la Inspección de Trabajo, le vuelve a clarificar a las Empresas de Seguridad que las horas de formación previstas en el Reglamento de Seguridad Privada, deberán impartirse en horario laboral y si no pudiera ser así, se le retribuirán al vigilante de seguridad, como horas efectivamente realizadas.

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