LA FORMACIÓN DE LOS VIGILANTES DEBE IMPARTIRSE EN HORARIO LABORAL
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DE MADRID VUELVE A CLARIFICAR EL HORARIO DE LA FORMACIÓN CONTINUA DE LOS VIGILANTES
LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD PODRÁN RECLAMAR EL PAGO DE LAS HORAS DE FORMACIÓN REALIZADAS EN HORARIO NO LABORAL
Una vez más la Inspección de Trabajo, le vuelve a clarificar a las
Empresas de Seguridad que las horas de formación previstas en el
Reglamento de Seguridad Privada, deberán impartirse en horario laboral y
si no pudiera ser así, se le retribuirán al vigilante de seguridad,
como horas efectivamente realizadas.
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