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Según informa esta mañana el diario Cinco Días, entre las
modificaciones legislativas introducidas por el Real Decreto-ley
16/2013, se encuentra la que establece que las multinacionales que
empleen a 100 o más trabajadores en España y planteen un ERE o
prejubilen trabajadores invocando pérdidas en nuestro país aunque hayan
obtenido beneficios a nivel global, no estarán
obligadas a realizar la aportación equivalente a la prestación por
desempleo de los trabajadores mayores de 50 años afectados por dichas
medidas.
Esta medida, que entró en vigor el pasado 23 de
diciembre, facilita tanto el despido objetivo como las prejubilaciones
de trabajadores mayores de 50 años por parte de las multinacionales con
filiales en España.
Para ello, el artículo 5 de dicho Real
Decreto-ley introdujo una modificación en la disposición adicional 16.ª
de la Ley 27/2011, añadiendo la previsión indicada.
En la
información, firmada por José Antonio Vega y Raquel Pascual, se destaca
que hasta la entrada en vigor de dicha modificación, la Ley 27/2011
incluía la citada penalización, siempre que “las empresas o el grupo de
empresas del que formen parte hubieran tenido beneficios” en los dos
ejercicios económicos anteriores al ERE; o en dos años consecutivos
tomando como plazo el año anterior al despido colectivo y los cuatro
siguientes (la conocida como enmienda Telefónica); pero "la nueva
modificación suaviza esta penalización a las multinacionales, al
precisar que quedarán excluidas de costear el desempleo de sus mayores
despedidos aquellas empresas que registren pérdidas en su actividad en
España, aunque tengan beneficios como grupo corporativo a nivel
mundial."
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