La protección física a personas (funcionario o ejecutivo), es la seguridad que se le
brinda en todo lugar y permanentemente por el personal destinado para tal fin; así como todas las medidas que se adopten para impedir que cualquier grupo, de personas u objetos, atente contra su persona o su prestiPROTECCIÓN FÍSICA A PERSONAS.gio.
brinda en todo lugar y permanentemente por el personal destinado para tal fin; así como todas las medidas que se adopten para impedir que cualquier grupo, de personas u objetos, atente contra su persona o su prestiPROTECCIÓN FÍSICA A PERSONAS.gio.
La protección física es determinada por la información disponible y por una
adecuada inspección del lugar a visitar por el funcionario, debe llevarse a cabo en forma permanente, aún después de haber arribado éste, mediante supervisión y observación constante de cada área, con objeto de evitar que cualquier grupo, persona u objeto peligroso pase a través de los círculos de seguridad establecidos.
adecuada inspección del lugar a visitar por el funcionario, debe llevarse a cabo en forma permanente, aún después de haber arribado éste, mediante supervisión y observación constante de cada área, con objeto de evitar que cualquier grupo, persona u objeto peligroso pase a través de los círculos de seguridad establecidos.
En la protección física se debe considerar como regla general y básica, que ninguna persona o vehículo deberá tener acceso a sitios o ubicación en o desde donde puedan causar algún daño al funcionario, a menos que dicha persona o vehículo hayan sido plenamente identificados y registrados en su caso, comprobando que no llevan consigo ningún medio de agresión.
La protección física se basa en una adecuada y completa inspección del lugar, que permita localizar a cualquier persona, objeto o material con el que se pretenda afectar al funcionario, así como en una total desconfianza que posibilite estar alerta contra cualquier agresión; manteniendo siempre la convicción que ésta se puede presentar en todo sitio y en el momento más inesperado, bajo cualquiera de las formas siguientes:
1. Por medio de la fuerza física o utilización de objetos contundentes o punzantes.
2. Empleo de armas de fuego por individuos próximos o a distancia del funcionario, a bordo de vehículos, desde la calle o edificios.
3. Lanzamiento de objetos contundentes o explosivos.
4. Activación de artefactos explosivos.
5. Debilitamiento de estructuras que vaya a ocupar el funcionario.
6. Ingestión de substancias nocivas.
7. Debilitamiento o descomposturas de medios de transporte empleados por el
funcionario, tales como vehículos, autobuses, elevadores, etc.
funcionario, tales como vehículos, autobuses, elevadores, etc.
8. Expresión de insultos o realización de acciones que menoscaben la personalidad del protegido.
9. Empleo de sustancias radioactivas y gases.
Uno de los medios más peligrosos por su gran capacidad de destrucción la facilidad para ocultarlo y lograr impunidad en su empleo, son los explosivos; cuya localización depende primordialmente de una apropiada inspección y la acción adecuada de los puestos de vigilancia y control, los que además de su función específica deben efectuar una constante revisión de sus áreas de responsabilidad, adoptando en caso de detectar o sospechar la existencia de algún explosivo, las siguientes medidas:
1. Evacuar el área.
2. Establecer una guardia alrededor del artefacto localizado.
3. Evitar que sea manipulado por gente inexperta.
4. Prever asistencia médica.
5. Cerrar las líneas de combustible, gas, luz, etc.
6. Retirar todo material inflamable.
7. Notificar a bomberos y patrullas de rescate.
8. Llamar de inmediato a los expertos en explosivos.
En toda acción de protección física es necesario tener presente, que el objetivo
fundamental no es únicamente estar en condiciones de rechazar cualquier intento de agresión, sino siempre es preferible prevenirla y neutralizarla antes de que ésta se produzca.
fundamental no es únicamente estar en condiciones de rechazar cualquier intento de agresión, sino siempre es preferible prevenirla y neutralizarla antes de que ésta se produzca.
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