LA BASE DE COTIZACION SE INCREMENTA MAS DEL 2%
El pasado 21 de diciembre se publicó en BOE el Real Decreto 18/2013 de
medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la
empleabilidad de los trabajadores.
El citado Real Decreto
legislativo da una nueva redacción al Art. 109 de la Ley General de la
Seguridad Social, por el que el PLUS de Transporte existente en el
sector de la seguridad privada pasa a ser cotizable.
El computar en la base de cotización de este concepto puede suponer un incremento de más del 2%.
La entrada en vigor de este RDL ha sido al día siguiente de su publicación, es decir, el 22 de diciembre de 2013.
https://docs.google.com/file/d/0B6Ub1ii0NfPOUDVrazZrdjlIMGc/edit
El pasado 21 de diciembre se publicó en BOE el Real Decreto 18/2013 de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
El citado Real Decreto legislativo da una nueva redacción al Art. 109 de la Ley General de la Seguridad Social, por el que el PLUS de Transporte existente en el sector de la seguridad privada pasa a ser cotizable.
El computar en la base de cotización de este concepto puede suponer un incremento de más del 2%.
La entrada en vigor de este RDL ha sido al día siguiente de su publicación, es decir, el 22 de diciembre de 2013.
https://docs.google.com/file/d/0B6Ub1ii0NfPOUDVrazZrdjlIMGc/edit
BOE PLUS TRANSPORTE COTIZABLE.pdf - Google Drive
docs.google.com
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