Generalmente
cuando hablamos de la seguridad en un estadio de fútbol, lo hacemos en
referencia a la prevención de la violencia. Sin embargo desde la
perspectiva de un Director de Seguridad, la seguridad en este y otros
casos debe ser la Seguridad Global, es decir la seguridad del conjunto de instalaciones y actividades del estadio, desde la perspectiva de los diferentes riesgos y amenazas.
Para ello comenzaremos por el primer interrogante que nos plantea un estudio de la seguridad.
¿Que se necesita proteger?
Obviamente
en este caso, un estadio de fútbol. Pero como he dicho en los párrafos
de introducción, un estadio de fútbol en su totalidad, y para ello
debemos tener en cuenta, todas y cada una de sus recintos, espacios, áreas, zonas, locales y dependencias, y actividades.
¿Cómo es el estadio a proteger, y que actividades se realizan en el mismo?
- Características arquitectónicas.
- Ubicación, entorno, vías de acceso, aparcamientos.
- Superficie.
- Distribución interior
- Espacio para el desarrollo y presencia del espectáculo deportivo:
o Zona deportiva:
§ Terreno de juego.
§ Área de calentamiento.
§ Áreas adyacentes
o Zona de estancia de deportistas, oficiales y árbitros
o Zona de espectadores.
o Sala de prensa
- Oficinas.
- Almacenes.
- Talleres.
- Instalaciones
- Equipamiento
- Servicios generales del estadio.
- Infraestructura, sistemas y dispositivos de seguridad.
- U.C.O. (Unidad de Control Organizativo) (Sólo en instalaciones de la máxima categoría de competición profesional del fútbol – Art. 65.3 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y Art. 8 R. D. 769/1993, de 21 de mayo en España)
- Servicios comunes.
- Servicios médicos.
- Restauración
- Sala de trofeos o museo deportivo.
- Tienda para venta de productos oficiales (merchandising)
- Etc.
- Aforo.
- Categoría/s de los partidos de fútbol que alberga o en el futuro puede albergar:
o Competiciones de fútbol de ámbito estatal.
o Competiciones de fútbol de categorías profesionales.
o Máxima categoría de competición profesional del fútbol
o Competiciones de carácter internacional.
o Categoría profesional.
- Características de otros espectáculos que puedan o tengan previsto desarrollarse.
o Deportivos:
§ Atletismo
§ Otros deportes.
o No deportivos:
§ Conciertos musicales
§ Otras actividades
¿Qué riesgos puede tener un estadio de fútbol?
· Incendio: Fortuito, provocado o premeditado.
· Evacuación
por emergencia: Incendio, amenaza o materialización de atentado, grave
alteración del orden, estallido de pánico por falsa alarma, colapso o
derrumbe de instalaciones fijas o desmontables (espectáculos no deportivos), catástrofe natural, catástrofe medioambiental.
· Violencia contra personas (agresión, reyertas, tumultos) y, bienes materiales (vandalismo y destrozos)
· Intrusión.
· Robo y hurto.
· Agresión
· Sabotaje.
· Manipulación de datos de carácter personal
· Espionaje
· Otros.
¿A quienes pueden afectar los riesgos y amenazas?
Personas y bienes.
· Personas:
o Espectadores
o Deportistas, oficiales y árbitros.
o Personal propio.
o Personal Ajeno.
· Bienes:
o Tangibles: Construcción, instalaciones, equipamientos, valores, etc.
o Intangibles: Desarrollo del espectáculo, imagen y prestigio, información, etc.
¿POR QUE TENER SEGURIDAD?
- Por obligación.
o En cumplimiento de la legislación vigente de ámbito estatal, autonómico y local, en materia de:
§ Seguridad ciudadana.
§ Seguridad en espectáculos públicos y actividades recreativas
§ Prevención de la violencia en los espectáculos deportivos.
§ Prevención y protección contra incendios
§ Prevención de Riesgos Laborales.
§ Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
§ Señalización de seguridad en el trabajo
§ Protección de datos de carácter personal
- Por necesidad.
o La
vigente normativa en los diferentes ámbitos anteriormente relacionados,
no recoge la protección frente a todos los posibles riesgos y amenazas,
tales como:
§ Intrusión en los supuestos fuera de prevención de la violencia en los espectáculos deportivos.
§ Robo
§ Hurto
§ Agresión, en los supuestos fuera de prevención de la violencia en los espectáculos deportivos.
§ Atentado
§ Sabotaje
§ Espionaje.
§ Otros
¿QUIENES SON LOS RESPONSABLES DE LA SEGURIDAD EN LOS ESTADIOS DE FÚTBOL?
- Las entidades titulares de los estadios.
- Las entidades organizadoras de las actividades de que se traten.
- Incluso las Federaciones deportivas, por incumplimiento de las funciones que le son propias. Así por ejemplo, el art. 267 del Reglamento de la Real Federación Española de Fútbol señala que corresponde a la misma la inspección de los campos “al objeto de comprobar si poseen las condiciones requeridas para su división o categoría, elaborando el correspondiente informe sobre el particular antes del 15 de agosto de cada año”.
¿QUE CONSECUENCIAS PUEDE TENER EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD?
El
incumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad, supone la
comisión de infracciones, y estas la aplicación de sanciones de tipo
económico y o administrativo, mas las responsabilidades de tipo legal en
que puedan incurrirse.
A
título de ejemplo, el incumplimiento de las condiciones de seguridad,
cuando disminuya gravemente el grado exigido en la normativa vigente y
en las licencias o autorizaciones correspondientes, recogido en la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid, puede llegar a ser de 300.506 euros
¿COMO TENER SEGURIDAD?
Esa
es la labor de los Consultores – Asesores de Seguridad. En el caso de
los independientes, ajenos a los proveedores de servicios y dispositivos
de seguridad.
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